Reparto de Utilidades: ¿Quiénes no las reciben?

KARLA PALACIO | EDITORA   24/04/2024

FOTO: Especial

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El reparto de utilidades está cada vez más cerca y de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo es obligatorio pagarlas a los trabajadores. En el Reparto de Utilidades:

¿Quiénes no las reciben? 

Los trabajadores deben recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.

¿Quiénes no reciben reparto de utilidades? 

Aunque es obligatorio recibirlas, también la Secretaría del Trabajo informa que estas son las únicas personas que no pueden obtener el reparto de utilidades:

Directores.

Administradores.

Gerentes generales.

Profesionistas.

Trabajadores que hayan laborado menos de 60 días durante el año.

Trabajadores domésticos.

Artesanos.

Técnicos

Trabajadores que presten servicio mediante el pago de honorarios y no exista una relación de trabajo subordinado con el patrón.

Asimismo, la dependencia informó que el mismo caso aplica para las siguientes personas: 

Empresas con un año de creación  

IMSS e instituciones públicas descentralizadas 

Empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.

Instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro. 

¿Cuándo se pagarán las utilidades? 

Si eres de los trabajadores que deben recibir reparto de utilidades, las empresas deberán empezar a pagarlas desde los primeros días de abril hasta el último día de mayo.  

En caso de no hacerlo puedes reclamar ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en la Ciudad de México.  

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